Bruselas
- Redacción
- BBC Mundo
En la capital belga funcionan las siguientes instituciones de la Unión Europea:
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Comisión Europea
La Comisión Europea es la encargada del funcionamiento diario de la Unión Europea.
Es la guardiana de los tratados de la UE y encarna el interés comunitario.
Está formada por un órgano colegiado de 27 miembros entre los que se incluye un presidente.
Cada comisionado es responsable de un área particular, por ejemplo, política regional, política agrícola común o mercado interior.
La institución propone leyes al Consejo de Ministros y el Parlamento Europeo.
Consejo de la UE
El Consejo de la Unión Europea, también conocido como Consejo de Ministros, es la principal institución decisoria de la Unión Europea.
Reúne a los ministros de los estados miembros competentes en la materia que figure en el orden del día: asuntos exteriores, agricultura, industria, transportes, etc.
Junto al Parlamento Europeo tiene poder para hacer leyes y decidir el presupuesto.
Cada país de la UE ejerce la Presidencia del Consejo, por rotación, por un período de seis meses.
Parlamento Europeo
El Parlamento Europeo reúne a representantes de los 491 millones de ciudadanos de la Unión Europea.
Los parlamentarios son elegidos por sufragio universal directo desde 1979 y se distribuyen en función del tamaño de las poblaciones respectivas de los estados miembro.
El organismo funciona en tres ciudades: Bruselas, Luxemburgo y Estrasburgo, reuniéndose dos semanas al mes en la capital belga.
Entre las funciones del Parlamento Europeo destacan:
- Examinar las propuestas de la Comisión y asociarse con el Consejo al proceso legislativo, incluso como colegislador.
- Ejercer poder de control sobre las actividades de la Unión mediante la investidura de la Comisión Europea (y la posibilidad de censurarla), así como por cuestiones escritas u orales que puede dirigir a la Comisión y al Consejo.
- Compartir el poder presupuestario con el Consejo votando el presupuesto anual, haciéndolo ejecutorio por la firma de su Presidente y controlando su ejecución.
- Nombrar un Defensor del Pueblo que está habilitado para recibir las quejas de los ciudadanos de la Unión relativas a casos de mal funcionamiento de las instituciones u organismos comunitarios.
- Crear comisiones temporales de investigación, cuyos poderes no se limitan a la actividad de las instituciones comunitarias, sino que pueden también llegar hasta la acción de los estados miembro en la aplicación de las políticas comunitarias.